Prestación por Desempleo de Anses: entre dos y doce cuotas mensuales para trabajadores registrados
El organismo previsional detalla los requisitos, la documentación exigida y la duración de la cobertura, que puede extenderse seis meses adicionales para mayores de 45 años.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) instrumenta una Prestación por Desempleo destinada a trabajadores registrados que perdieron su empleo bajo causas previstas en la Ley de Contrato de Trabajo. Según se informó oficialmente, el beneficio se distribuye entre un piso de dos cuotas y un techo de doce cuotas mensuales, de acuerdo con los salarios percibidos y los aportes acumulados durante los tres años previos al cese.
Desde el área de comunicación del organismo se aclaró que la cobertura puede prolongarse otros seis meses para los beneficiarios que superen los 45 años de edad, en línea con el esquema que apunta a sostener la sustitución parcial del ingreso mientras se concreta una nueva inserción laboral.
Quiénes pueden acceder al beneficio
El acceso a la Prestación por Desempleo está reservado a personas que se desempeñaban en relación de dependencia y cuya desvinculación se produjo por motivos ajenos a su voluntad. Las situaciones contempladas, de acuerdo con la normativa vigente, incluyen el despido sin causa, el vencimiento de contratos a plazo fijo y otros supuestos establecidos en la legislación laboral.
Requisitos de aportes y documentación respaldatoria
Vamos a los números: para los trabajadores permanentes se exige un mínimo de seis meses de aportes dentro de los tres años anteriores al cese. En el caso de los trabajadores eventuales y de temporada, el requisito consiste en haber laborado menos de doce meses en los últimos tres años y, al mismo tiempo, superar los noventa días de aportes durante el año previo a la desvinculación.
La Anses recordó que no existe un comprobante único válido para acreditar el modo en que terminó la relación laboral, por lo que la documentación varía según cada caso.
- Despido sin causa: telegrama, carta documento o nota del empleador con firma certificada, en original y copia.
- Vencimiento de contrato a plazo fijo no renovado: copia del contrato celebrado.
- Trabajador que dio por terminada la relación por causa justificada: telegramas de intimación y de desvinculación enviados por el empleado.
- En todos los supuestos se requiere, además, Documento Nacional de Identidad.
Trámite y cobro de las cuotas
La solicitud puede canalizarse a través del servicio de Atención Virtual de la Anses, al que se ingresa con Clave Única de Identificación Laboral (CUIL) y Clave de la Seguridad Social. Quien aún no disponga de esa clave puede generarla al iniciar la propia gestión. La alternativa presencial consiste en concurrir a una oficina del organismo con turno previo.
El pago se acredita en una cuenta bancaria. Anses dispone la apertura de una Caja de Ahorro de la Seguridad Social y la entrega de una tarjeta de débito asociada. Si el titular ya percibe otra prestación del organismo en una cuenta existente, se utiliza esa misma cuenta, evitando la apertura de un nuevo producto.
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