Prescribió la causa y Abregú quedó libre: 22 años prófugo y un crimen impune en Tierra del Fuego
El Tribunal Superior de Justicia de Tierra del Fuego sobreseyó por mayoría a Ramón Ángel Abregú, condenado en 2000 por el homicidio de su expareja embarazada. La mayoría entendió que no hubo actos que interrumpieran el plazo de la prescripción penal.

Por la carátula de "homicidio agravado por el vínculo" y la intervención de la fiscalía a cargo del doctor Martín Bramatti, el Tribunal Superior de Justicia de Tierra del Fuego declaró extinguida la acción penal contra Ramón Ángel Abregú y ordenó su inmediata libertad, en una decisión adoptada por mayoría y con un voto en disidencia.
El fallo revierte lo resuelto por el Tribunal de Juicio en lo Criminal de Río Grande, integrado por los jueces Eduardo López y Juan José Varela, que en primera instancia había rechazado el pedido de prescripción presentado por la defensa. Aquella postura se apoyaba en la interpretación de que la evasión del condenado constituía un delito permanente que mantenía interrumpido el curso de la prescripción.
Un crimen, una fuga y dos décadas sin Justicia
Abregú fue condenado en septiembre de 2000 a 20 años de prisión por el asesinato de Eva Azulina Falcón, cometido el 23 de enero de ese año en un consultorio de la clínica Cemep de la ciudad de Río Grande. La víctima estaba embarazada. El atacante fue detenido en el lugar del hecho, pero el 15 de febrero de 2001 se fugó de la unidad penitenciaria en la que se encontraba alojado. Desde entonces permaneció prófugo hasta 2023, cuando se presentó voluntariamente ante la Justicia para solicitar que se declarara prescrito el expediente penal.
Para la mayoría del Tribunal Superior, integrada por la jueza María del Carmen Battaini y los vocales Javier Muchnik y Sergio Diéguez, el dato decisivo fue el sobreseimiento que recayó sobre Abregú en la causa por evasión. Lo probado, según esa postura, es que aquella resolución eliminó la conducta que podía funcionar como causal de interrupción del cómputo de la prescripción. Lo que resta como hipótesis de la investigación es si esa interpretación se ajusta al espíritu de las normas penales y a los compromisos internacionales en materia de violencia de género, aspecto que motivó el voto en disidencia del juez Ernesto Löffler.
Los argumentos del voto mayoritario
Battaini, a quien adhirieron Muchnik y Diéguez, fundó su razonamiento en dos ejes: la situación procesal generada por el sobreseimiento en la causa por evasión y la aplicación del precedente "Ilarraz" de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que vinculó los plazos de prescripción con las garantías constitucionales del debido proceso. En esa línea, la mayoría entendió que ninguna conducta posterior a la condena pudo ser considerada, a la luz de lo resuelto, como un nuevo delito que mantuviera interrumpido el término.
“La Corte Suprema ha señalado en reiterados precedentes que la prescripción de la acción penal es una garantía del acusado que no puede quedar librada a la discrecionalidad del Estado, y debe computarse conforme a reglas claras y razonables.”Sintetizando el criterio del fallo "Ilarraz" citado por la mayoría
La posición de la disidencia
El juez Löffler votó en contra. Consideró que declarar la prescripción en estas condiciones resulta contradictorio con las obligaciones de prevención y sanción de la violencia contra las mujeres que el Estado argentino asumió en convenciones internacionales con jerarquía constitucional. Para el magistrado, la gravedad del hecho y la condición de embarazo de la víctima justifican un tratamiento diferenciado del instituto de la prescripción, postura que no fue acompañada por el resto del cuerpo.
Qué se viene en el expediente
Con la firma del sobreseimiento y la disposición de libertad inmediata, el expediente penal contra Ramón Ángel Abregú quedó cerrado en el fuero fueguino por extinción de la acción penal. No se prevén, a partir del material disponible, nuevas instancias dentro del proceso. El cierre administrativo del legajo y la eventual notificación al Registro Nacional de Reincidencia constituyen los últimos pasos formales de una causa que recorrió veintitrés años entre condenas, fugas y resoluciones judiciales, y que dejó como saldo la muerte de Eva Azulina Falcón impune en términos de cumplimiento efectivo de la pena.
Comentarios
0Todavía no hay comentarios. Sé el primero.
Seguí leyendo

Caso Loan: desestiman una presentación de Pérez y María Victoria Caillava


