Cobro extra por leche deslactosada en Neuquén: cuándo es legal y cuándo no, según Protección al Consumidor
Una clienta de una cafetería de Juan B. Justo pagó $1.500 adicionales por cada taza con leche deslactosada. El director provincial del área, Pablo Tomasini, detalló a Último momento cuál es la regla que deben cumplir los locales para poder aplicar un recargo de ese tipo.

Una consumidora de Neuquén pagó $1.500 extra por cada café con leche con leche deslactosada en una cafetería ubicada sobre calle Juan B. Justo al 600. Cuando recibió la cuenta y preguntó por el cargo adicional, el establecimiento confirmó que ese era el valor diferencial por el cambio de leche. El hecho quedó expuesto este martes y ya tiene la mirada del organismo provincial de Protección al Consumidor.
La regla central: el recargo tiene que estar visible y ser comunicado antes de pedir
El director provincial de Protección al Consumidor, Pablo Tomasini, explicó a áltimo momento cuál es la condición que debe cumplirse para que un adicional de este tipo sea considerado legal. Según detalló, no alcanza con que figure en cualquier parte de la carta: el precio extra debe estar indicado de manera visible y debe ser comunicado por el personal que toma el pedido, antes de que el cliente confirme su orden.
“Para que haya un cambio de valores de este tipo tiene que estar claramente informado en la carta. Si te lo van a cobrar, tiene que estar claramente informado, no en el puntito abajo de la hoja de la carta que dice que te van a cobrar adicional.”Pablo Tomasini, director provincial de Protección al Consumidor
Tomasini sostuvo que el objetivo de la norma es práctico: si el cliente conoce el costo antes de pedir, puede decidir si acepta el recargo, si opta por leche común o si directamente no consume. Enterarse del adicional al momento de pagar, dijo, elimina esa posibilidad de elección.
Qué pasará con la cafetería y cómo denunciar
Sobre el monto del recargo, el funcionario consideró que el costo extra de ofrecer una leche alternativa debería estar absorbido en el precio del café. Aun así, aclaró que la ley no lo prohíbe expresamente, siempre que la información sea transparente. También precisó que no existe normativa que obligue a los locales gastronómicos a ofrecer variantes para personas con restricciones alimentarias, ya sea por intolerancia, alergia o veganismo. Cada comercio decide qué ofrece, pero si lo incorpora al menú, está obligado a informar correctamente su precio.
En relación con el caso puntual de la cafetería de Juan B. Justo, Tomasini anticipó que el organismo se acercaría al local durante la semana para explicarle cómo debe informarse un adicional de ese tipo. Confirmaron a este medio que, al momento, no se había presentado una denuncia formal. Si tras la intervención la conducta continúa, el área puede avanzar con una sanción.
Claves para el consumidor que se enfrente a un cobro similar
El caso de Neuquén reabre un debate cotidiano en bares y restaurantes del país: cuándo un adicional por modificación de un ingrediente es legal y cuándo configura una práctica abusiva. La diferencia, según confirmó el organismo provincial, pasa por la información previa y su correcta exhibición, no por el monto en sí.
En desarrollo. Última actualización: 12:45.
Comentarios
0Todavía no hay comentarios. Sé el primero.
Seguí leyendo



