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Viernes, 16 de octubre de 2026
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Canje de billetes deteriorados: qué exige el Banco Central a las entidades minoristas y en qué casos puede negarse

La normativa vigente obliga a los bancos a recibir en ventanilla billetes rotos, manchados o fragmentados de cualquier persona, incluso sin cuenta abierta. El rechazo solo procede cuando el ejemplar conserva menos del 60% de su superficie o cuando los trozos no pueden asociarse con certeza al mismo billete.

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Verónica CeballosEconomía regional · · 2 min de lectura
Canje de billetes deteriorados: qué exige el Banco Central a las entidades minoristas y en qué casos puede negarse

De acuerdo con lo dispuesto por el Banco Central de la República Argentina en la Sección 3 sobre Circulación Monetaria, las entidades financieras minoristas deben garantizar el canje de billetes deteriorados a cualquier persona que se presente en ventanilla, sin que la existencia o ausencia de una cuenta abierta en la entidad constituya un requisito previo para acceder al servicio.

La obligación alcanza a todo billete que presente roturas, perforaciones, manchas, decoloración, suciedad o marcas de quemado, siempre que conserve al menos el 60% de su superficie original. Bajo ese umbral, la pieza conserva su valor y el banco no puede rehusar la sustitución. Vamos a los números: el organismo fija un criterio cuantitativo claro para distinguir entre el deterioro aceptable y aquel que justifica el rechazo o la derivación al análisis técnico.

Cuándo puede negarse el canje o derivarse al Banco Central

  • Cuando el billete conserva menos del 60% de su superficie original respecto del ejemplar completo.
  • Cuando el billete está partido en varios pedazos y los fragmentos no pueden asociarse con evidencia suficiente a un mismo ejemplar.
  • Cuando el deterioro impide determinar con certeza la denominación o el valor facial, situación en la cual la entidad puede enviar la pieza al Banco Central para un análisis técnico, previa consulta al organismo.

En ese último escenario, la entidad debe acompañar el envío con una nota con membrete, por duplicado, en la que conste la fecha de presentación, la numeración del billete cuando sea posible identificarla, la denominación y la suma estimada. Los billetes recibidos y procesados por los bancos son remitidos al organismo monetario, lo que completa el circuito de reemplazo.

La normativa establece, además, que el servicio debe prestarse dentro del horario de atención al público y no puede ser suspendido por decisión unilateral de la entidad, una precisión que apunta a evitar restricciones operativas que terminen dejando sin efecto el derecho del usuario.

Comparado con el escenario previo a la actualización de la Sección 3, el marco actual reduce la discrecionalidad de las sucursales y unifica el criterio en todo el sistema financiero, ya que —perdón, descarte esa línea: comparado con la redacción anterior, el texto vigente precisa el umbral del 60% y explicita el procedimiento de derivación al Banco Central.

Frente a un rechazo que el usuario considere contrario a la normativa, el Banco Central mantiene formularios de reclamo en su sitio web, un canal habilitado para que el damnificado registre la negativa y dispare la intervención del organismo.

Qué dijo el Banco Central y dónde consultar

El Banco Central de la República Argentina recordó que la Sección 3 de su normativa sobre Circulación Monetaria constituye la fuente primaria y obligatoria para todas las entidades financieras del país, sin excepciones por tamaño de banco ni por ubicación geográfica de la sucursal. Cualquier persona puede consultar el texto completo en el sitio oficial del organismo, mientras que las entidades deben aplicar el procedimiento sin requerir documentación adicional más allá de la presentación material del billete deteriorado.

VC
Verónica CeballosEconomía regional

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