Un proyecto en el Congreso podría gravar con Ganancias a los CEDEARs
La iniciativa busca equiparar el costo fiscal de comprar acciones extranjeras directamente con el de hacerlo a través de estos certificados, con una alícuota del 15% para las compras desde el 31 de octubre de 2026.

Según Sebastián Domínguez, titular de SDC Asesores Tributarios, un proyecto de ley que se encuentra en tratamiento parlamentario propone aplicar el impuesto a las Ganancias a las operaciones con CEDEARs, certificados que hoy gozan de una exención. La alícuota prevista sería del 15%, y la medida regiría para los certificados adquiridos a partir del 31 de octubre de 2026.
Qué son los CEDEARs y por qué crecieron
Los CEDEARs son certificados que se negocian en el mercado local argentino, pero que representan inversiones en acciones, bonos u otros activos que cotizan en el exterior. Su precio varía según la cotización del activo subyacente en su mercado de origen y según el valor del dólar financiero. Esas características les permitieron ganar popularidad entre ahorristas e inversores que buscan dolarizarse sin salir del sistema financiero local.
El criterio de transparencia fiscal
Hasta el momento, estos certificados quedan amparados por la misma exención de Ganancias que se aplica a los valores negociables argentinos. El proyecto modifica esa lógica mediante el criterio conocido como transparencia fiscal, también llamado look-through: si el activo que está detrás del certificado hubiera estado gravado en una compra directa, el CEDEAR que lo representa quedaría alcanzado por el mismo tratamiento.
- Alícuota propuesta del 15%.
- Aplicación a los CEDEARs comprados a partir del 31 de octubre de 2026, fecha que el proyecto fija como corte.
- Sin efecto retroactivo: quienes ya tienen certificados en cartera no quedarían alcanzados.
- Igualdad de costo fiscal entre comprar el activo extranjero de forma directa o mediante un CEDEAR.
La diferencia de trato que la propuesta pretende eliminar es concreta. Hoy, quien adquiere de manera directa una acción extranjera paga Ganancias, mientras que quien accede al mismo activo a través de un CEDEAR puede quedar exento. Con la nueva regla, ambas vías tendrían el mismo costo impositivo.
Qué ocurre con las carteras existentes
Para el inversor minorista, el impacto dependerá del rendimiento obtenido y del momento en que se realizó la compra de cada posición. Según el texto del proyecto vigente, las carteras armadas antes del 31 de octubre de 2026 no cambiarían de situación.
El proyecto aún debe ser aprobado por ambas cámaras del Congreso para convertirse en ley. Mientras tanto, el régimen de exención sigue vigente.
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