El fondo laboral obliga a las empresas a constituir reservas mensuales para despidos
Los aportes equivalen al 1% de la masa salarial en las grandes compañías y al 2,5% en las pymes. Las empresas que no elijan una administradora serán asignadas por el organismo regulador.

El Fondo de Asistencia Laboral establece aportes mensuales obligatorios del 1% de la masa salarial para las grandes empresas y del 2,5% para las pymes, con el objetivo de reservar recursos para afrontar indemnizaciones por despido.
El régimen modifica la forma en que los empleadores administran sus obligaciones laborales: en lugar de afrontar el pago exclusivamente con la caja disponible al momento de la desvinculación, deben constituir una reserva proporcional a su nómina.
Cómo se administran los recursos
La empresa abre una cuenta a su nombre, pero no puede disponer de los fondos para otros fines. Los recursos se mantienen separados de su patrimonio y, cuando se produce una desvinculación, el trabajador recibe el pago en una cuenta bancaria a su nombre.
Para los trabajadores, el mecanismo supone que una parte de la compensación que podría corresponderles ante un despido queda resguardada de antemano. De ese modo, se reduce el riesgo de que las dificultades de liquidez de la empresa impidan afrontar el pago en el momento del egreso.
Damián Koltan, director comercial de Bind Inversiones, una de las administradoras habilitadas, sostuvo que el sistema permite a las empresas prever financieramente futuras obligaciones por despidos y afirmó que no genera un costo adicional.
Elección de la administradora
Las compañías que no designen una administradora habilitada dentro del plazo previsto recibirán una asignación de oficio por parte del organismo regulador. Koltan reconoció que todavía hay desconocimiento sobre el funcionamiento del régimen y señaló que su entidad refuerza las capacitaciones para sus clientes.
Verónica Ceballos, Economía regional.
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